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Portabilidad numérica: ¿por qué no para teléfonos fijos?

La portabilidad numérica no es un servicio, es un derecho del usuario. Es la posibilidad que tenemos de retener nuestro número telefónico sin importar si nos mudamos dentro de una misma área o si cambiamos de operador telefónico.

El Decreto 764/2000 (cuyo objetivo fue desregular las telecomunicaciones en Argentina y fomentar la competencia), establece en su artículo 30 del Reglamento Nacional de Interconexión (R.N.I.) que en 40 días hábiles la Secretaría de Comunicaciones reglamente el régimen de portabilidad numérica para telefonía fija. Hubo inclusive una demanda iniciada por Proconsumer, y en 2012 tuvo un fallo intimando a la Secretaría de Comunicaciones a que reglamente la Portabilidad Numérica para fijos. A la fecha, no hay nada reglamentado y los usuarios nos vemos privados de este derecho.

Desde marzo de 2012, los usuarios de telefonía móvil en Argentina tenemos la posibilidad de mantener el número de nuestra línea aunque cambiemos de compañía. Incluso con el tiempo se fueron haciendo ajustes sobre la reglamentación para acortar los tiempos del traspaso y hacerlo más transparente y seguro. Esto seguramente se hizo luego del alto nivel de reclamos de los usarios y por cuestiones más bien políticas que para resguardar los derechos de los usuarios.
Ahora bien, ¿por qué a la fecha, la Secretaría de Comunicaciones aún no reglamentó la Portabilidad numérica para Telefonía Fija, si en el decreto 764 así lo establecía y hace de eso más de 14 años? Hoy si una persona se muda o desea cambiar de operador telefónico no puede mantener su número.

Varios países de la región han podido avanzar sobre el tema, generando más beneficios para sus usuarios. Perú, plaza en la que operamos con Anura, implementó la portabilidad móvil y fija al mismo tiempo en el año 2013. Si bien todo tiende hacia las comunicaciones móviles, no está previsto que la telefonía fija desaparezca en el mediano plazo. Las empresas necesitan al menos un número fijo para centralizar sus llamados, tanto entrantes como salientes.

El proceso que deben realizar los peruanos para solicitar la portación es simple, rápido y gratuito (en Argentina tiene costo, muy bajo, pero lo tiene). Sólo basta con presentar el número de teléfono y el documento personal ante el nuevo operador. Si el cliente no tiene deudas con el operador cedente, se ejecuta la portación en el momento y al otro día uno es cliente de la nueva operadora. Los argentinos primero debimos esperar diez días y ahora cinco para que se efectúe el cambio en los celulares.

¿Por qué si Perú pudo, en Argentina hoy no contamos con portabilidad para teléfonos fijos? ¿No sería beneficioso para los usarios? Está inclusive en el Decreto 764/00 y debía reglamenterse en 40 días. El duopolio telefónico, ¿está influenciando en algo para que esto no se haga?

Argentina en materia de telecomunicaciones está atrasada porque la reglamentación impide su desarrollo. Los precios de telefonía fija están congelados hace más de 15 años, no hay reglamentación para la interconexión de Internet, no se reglamentó la portabilidad para fijos, no se encuentra reglamentada la Voz sobre Internet (VOIP). Y si bien hay una nueva ley de telecomunicaciones sancionada en 2014 (que en uno de sus artículos define que desaparece la larga distancia nacional) la realidad es que hoy no hay nada reglamentado y el costo mayorista de un llamado a Usuahia es 10 veces más elevado que a la China. ¿Qué estamos esperando? ¿O queremos que los argentinos sigamos dependiendo del servicio prestado por el duopolio telefónico?

Jerónimo Serafini, Ingeniero, Presidente de Anura

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